Reglamento Sistema de Bibliotecas UAHC
TÍTULO I. GENERALIDADES
Artículo 1 El Sistema de Bibliotecas de la UAHC, tiene como misión el apoyo a la comunidad universitaria en el desarrollo de la docencia, la investigación y la extensión, mediante la gestión de información bibliográfica, tanto impresa como digital, asegurando la entrega de servicios y productos de calidad según las necesidades de nuestros usuarios.
Articulo 2 El Sistema de Bibliotecas, es dependiente de la Vicerrectoría Académica, y está conformado por tres Bibliotecas, ubicados en cada una de las Facultades de la Universidad.
Biblioteca de Pedagogía, ubicada en Huérfanos 1886. Santiago.
Biblioteca de Artes. ubicada en Huérfanos 1886. Santiago.
Artículo 3 El presente Reglamento de Biblioteca, establece los derechos, obligaciones y condiciones de uso de nuestro servicio en cualquiera de nuestras Bibliotecas.
Artículo 4 Todos los usuarios están obligados a cumplir las normas contenidas en este Reglamento.
Artículo 5 Se entenderá por usuarios a las personas contempladas en el Título II del presente Reglamento.
TITULO II. DE LOS USUARIOS
Artículo 6 Son usuarios de Biblioteca:
- Todos los alumnos de la Universidad, sean pre-grado, post grado, tesistas, de intercambio.
- Académicos y Ayudantes de la UAHC y los Centros de Investigación que conforman la institución.
- Ex Alumnos de la Institución que deseen utilizar los espacios y obtener préstamos en sala.
- Funcionarios de la Universidad y Centros de Investigación.
- Alumnos y/o funcionarios de instituciones externas a la Universidad, con las que se mantienen convenios Interbibliotecarios.
- Personas naturales que deseen usar los Servicios del Sistema de Biblioteca, en sala.
TITULO III. DE LOS SERVICIOS
Artículo 7 Para hacer uso de todos los servicios, es indispensable contar con la credencial universitaria. Este documento es de uso personal e intransferible. En caso de pérdida, se debe dar aviso en la sección Circulación y/o Referencia de la Biblioteca. Para funcionarios, académicos y externos el documento solicitado será carné de identidad.
Los usuarios de otras Instituciones con convenio de Préstamo Interbibliotecario, deberán presentar el formulario respectivo que acredite la pertenencia a la institución con convenio, más carné de identidad o pasaporte.
La entrega de servicios en nuestro Sistema de Bibliotecas, son gratuitos.
Artículo 8: Del servicio de préstamo y circulación
- Préstamo en Sala
Permite la utilización del material bibliográfico dentro de las dependencias de la Universidad, con devolución durante el día. Este se aplica a las copias uno y las copias únicas de las bibliografías básicas.Se podrá consultar hasta 6 títulos simultáneamente en sala, los que deberán ser devueltos durante la respectiva jornada con el siguiente tope horario: Hasta las 21:45 horas de lunes a viernes y las 13.45 el día sábado. - Préstamo a Domicilio
Préstamo que permite acceder a los textos por días según políticas establecidas.
El material facilitado en préstamo a domicilio podrá ser renovado por tres períodos similares, siempre que el material no haya sido solicitado por otro usuario o se encuentre con política de alta demanda.Podrán ser solicitados hasta seis títulos en forma simultánea, de distintas colecciones, libros, revistas, dvd, etc. Si se requiere ampliar la cantidad de préstamos se debe solicitar en Referencia.
Colección | Alumno | Profesor / Ayudante / Funcionarios | Tesista / Postgrado | Alumno Plan Especial | Ex alumnos y usuarios externos |
---|---|---|---|---|---|
Básica / Reserva / Revista / DVD / regletas Braile | 3 días | 7 días | 7 días | 7 días | En sala |
Apuntes / Complementaria | 3 días | 7 días | 7 días | 7 días | En sala |
Literatura | 7 días | 7 días | 7 días | 7 días | En sala |
Dispositivos electrónicos notebook, audífonos, ebook, | 2 horas en sala | 2 horas en sala | 2 horas en sala | 2 horas en sala | 2 horas en sala |
Mapas y material de referencia | 3 días | 7 días | 7 días | 7 días | En sala |
Test | 2 días | 2 días | 2 días | 2 días | En sala |
Salas grupales | 2 horas | 2 horas | 2 horas | 2 horas | 2 horas |
Material de consulta (dic, atlas, enc) | En sala | En sala | En sala | En sala | En sala |
Los días incluidos en esta tabla son días calendario.
Cualquier otra situación no contemplada en esta tabla será evaluado por el Bibliotecario Referencista
Préstamo Interbibliotecario (PIB)
Acceso a los fondos documentales pertenecientes a otras instituciones con las cuales nuestra Biblioteca posee convenio.
Apartado o reserva de documentos
Permite reservar material que se encuentre en poder de otro usuario.
Renovación de material
- Telefónicamente de lunes a sábado durante el horario de atención de la Biblioteca.
- Directamente en el mesón de atención, durante toda la jornada previa presentación de la credencial universitaria.
- Renovación a través de mensajes por redes sociales.
Los materiales que tengan política de alta demanda y sala, no permiten renovaciones.
Préstamo de notebook y materiales electrónicos
La Biblioteca dispone de notebook para préstamo en sala. Estos son prestados por Sistema por dos horas. Al momento de prestar y entregar este material en la Secretaría de la Biblioteca, éste debe venir encendido.
Buzón de devolución
Este servicio que permite devolver material bibliográfico durante toda la jornada, incluso cuando la Biblioteca se encuentra cerrada.
Solicitud de colecciones interbibliotecas
Nuestros usuarios pueden solicitar colecciones en cualquiera de las Bibliotecas del Sistema y solicitar envíos de estas colecciones si así se requiere. Para ello solo deben dar aviso a Referencia en una de estas Bibliotecas y se gestionará el envío. Los materiales se demoran 48 horas en estar disponibles en la Biblioteca solicitante.
TITULO IV. DEL USO DE LOS ESPACIOS. SALAS DE LECTURA Y ESTUDIO
Artículo 9 Podrán hacer uso de la sala de lectura todos los usuarios pertenecientes a la comunidad universitaria y externos que deseen utilizar nuestros servicios y espacios. La Biblioteca de la UAHC, es abierta al público. La Biblioteca de la Facultad de Ciencias Sociales, tiene acceso inclusivo a las dependencias del primer piso, con salva escaleras, rampa de acceso y mesón inclusivo.
Será responsable de la sala de lectura el bibliotecario/a de referencia, quien deberá velar por su buen uso.
Nuestro Sistema de Bibliotecas cuenta con espacios de estanterías abiertas, para ingresar a estos espacios, es requisito utilizar casilleros donde se guardarán las pertenencias, tales como mochilas, bolsas, carteras, etc.
- Hacer ruido o hablar en voz alta (falta leve)
- El uso de celulares para hacer llamados (falta leve)
- El consumo de alimentos y bebidas (falta medianamente grave)
- El uso indebido del espacio, mobiliario y equipos (falta grave)
- Realizar Rayados y ensuciar los espacios de la Biblioteca (falta grave)
- Fumar (falta grave)
- Tapar ventanas o puertas impidiendo visibilidad hacia las salas grupales (falta medianamente grave)
El encargado de la sala podrá solicitar a los usuarios que no cumplan con alguna de estas normas, el abandono del lugar y se sancionará con la suspensión del servicio, dependiendo de la gravedad de la falta.
La Biblioteca de Ciencias Sociales cuenta con salas grupales las que deben ser reservadas en el mesón de circulación con anticipación, se pueden utilizar por dos horas. Este espacio cuenta con Proyectores y pizarras. El uso del espacio está regulado por el artículo 9
Artículo 10 Uso de Casilleros Para utilizar los casilleros, se debe solicitar la llave del candado en la secretaría de la Biblioteca o al mesón de atención. Es requisito estar usando el espacio de Biblioteca. El uso, no puede exceder el horario de cierre del servicio.
Artículo 11 Uso de Salas Grupales Espacio disponible en la Biblioteca de Ciencias Sociales. Se utiliza previa reserva. El préstamo es de dos horas, renovables si no hay otras reservas. Las salas tienen pizarra y proyector. En el caso de no utilizar la reserva, se debe dar aviso al mesón, si no se da aviso de manera reiterada, se suspende el servicio. Se espera 15 minutos la llegada de los usuarios a estas salas, de lo contrario, se re-asigna a otro usuario que solicite el espacio.
TITULO V SERVICIOS ELECTRÓNICOS, REFERENCIALES Y REDES SOCIALES
El Sistema de Biblioteca, cuenta con servicios digitales, los que facilitan el acceso a recursos de información disponibles en la web, algunos son suscripciones, otros son de libre acceso. Se han elaborado además ciertos productos para mejorar el acceso a información de este tipo.
Artículo 12 Servicios en línea:
- OPAC o catálogo en línea
Servicio que permite hacer búsquedas de existencias de material bibliográfico contenido en las colecciones del Sistema de Bibliotecas para su posterior solicitud en el mesón de atención. - Biblioteca Digital
Repositorio Institucional de libre acceso, que permite acceder a colecciones electrónicas como, tesis de pre y post grado, revistas electrónicas de la Universidad, documentos institucionales patrimoniales, etc. - Referencia o referencia electrónica
Servicio que permite orientación y ayuda en la búsqueda de bibliografías para el desarrollo de una investigación, esta se puede solicitar de manera presencial o electrónica. - Bases de datos
El sistema de Bibliotecas dispone de la suscripción de 4 bases de datos, las que pueden ser utilizadas en todo el recinto de la Universidad y con claves de acceso desde otros lugares. Las que se pueden solicitar a la Unidad de Referencia de cada una de las Bibliotecas. - Talleres de uso de bases de datos
Servicio que enseña a utilizar herramientas de búsquedas de información, tanto electrónicas como físicas. La ejecución se coordina con la sección de Referencia de las Bibliotecas, para poder establecer fechas y horarios de la realización del taller. - Twitter, Youtube, Instagram y Facebook
Plataformas de comunicación e información con nuestra comunidad usuaria, que posibilita el contacto directo y simultáneo con nuestros seguidores, se publicitan servicios, recursos, novedades de adquisiciones, y renovaciones de material bibliográfico.
TITULO VI SANCIONES
Artículo 13 Las sanciones rigen para todos los usuarios de la Biblioteca que incumplan las normas establecidas en el presente reglamento.
Artículo 14 Los servicios de la Biblioteca son de uso personal e intransferible. Queda prohibido facilitar los recursos obtenidos a terceras personas. Ante un evento de retraso en la devolución o la pérdida de materiales, las sanciones deben ser asumidas por el usuario que solicitó el servicio.
Artículo 15 A quien se le sorprenda utilizando la credencial universitaria o cualquier identificación ajena para la obtención de servicios por parte de Biblioteca, se le sancionará con la suspensión del servicio de Biblioteca hasta por un mes y se le retendrá la documentación para ser devuelta a su legítimo dueño, previa información a la escuela correspondiente.
Artículo 16 Se aplican sanciones de suspensión del servicio de préstamo, por la morosidad en la devolución de los mismos, tal como explica el siguiente cuadro:
Días de sanciones por morosidad en devolución:
Colección | 1er atraso | 2do atraso | 3er atraso |
---|---|---|---|
Básica /complementaria | Igual nº días de atraso | Igual nº días de atraso | Igual nº días de atraso + 15 días |
En Sala / Material Referencia | Igual nº días de atraso + 15 días | Igual nº días de atraso + 15 días | Igual nº días de atraso + 30 días |
Alta demanda | Igual nº días de atraso + 7 días | Igual nº días de atraso + 7 días | Igual nº días de atraso + 21 días |
Notebook / Dispositivos electrónicos | 1 hasta 2 horas, 59 minutos de atraso15 días | 3 o más Horas de atraso30 días | 1 día o más de atraso Todo el semestre |
Las sanciones se contabilizan por días calendario.
Cualquier otro material no considerado en esta tabla, la sanción será evaluada por el encargado de Circulación y Referencia.
Artículo 16 En caso de morosidad en la devolución de los préstamos interbibliotecarios a las instituciones en convenio, la sanción será la suspensión del servicio por el semestre en curso.
En caso de morosidad, por parte de usuarios externos de instituciones con convenio PIB, la sanción será la suspensión del servicio por los días de atraso, según política del material.
Artículo 17 En caso de pérdida, deterioro o mutilación de los materiales bibliográficos y tecnológicos facilitados, se deberá dar aviso de inmediato a la Biblioteca. El usuario no podrá acceder a ningún servicio de la Biblioteca, mientras no devuelva el material deteriorado o extraviado.
El usuario será responsable de reponer el mismo título facilitado, en datos de edición igual o superior, entendiendo por esto misma editorial y año de edición, en el caso de los libros. Si el título de dicho material no se encuentra en el mercado formal, la Biblioteca en conjunto con el usuario afectado, evaluarán alternativas de devolución.
La Biblioteca no aceptará, material adquirido en el mercado informal, pudiendo negarse a aceptar en devolución de procedencia ilegal, como textos no originales.
En el caso de la pérdida o deterioro de material tecnológico. El usuario deberá cancelar el valor de éste, o partes de dicho material dañado, con el fin de reponer el material prestado. Esto será evaluado por el Departamento de Informática, quien indicará el valor a cancelar por el usuario.
Artículo 18 El mal uso del espacio, los equipos y el mobiliario de las Bibliotecas del Sistema, generará la suspensión de los servicios de la Biblioteca, hasta su reposición o restitución del valor de los bienes dañados.
Artículo 19 El mal uso del espacio, en cuanto a comportamientos indebidos, como comer, fumar, conversar en voz alta, hablar por celular etc. Se le solicitará el abandono del espacio en ese mismo momento. En el caso de hacer daño al mobiliario o al espacio se sancionará con la imposibilidad de utilizar todos los servicios.
Tipo de falta | Gravedad de la falta | Sanción |
---|---|---|
Hacer ruido o hablar en voz alta | Falta leve | Advertencia oral |
Uso de celulares | Falta leve | Advertencia oral |
Consumo de alimentos, bebidas y obstruir visibilidad | Falta medianamente grave | Advertencia y/o desalojo |
Fumar, uso indebido y deterioro del espacio, mobiliario y equipos | Falta Grave | Desalojo y suspensión del servicio |
Los casos evaluados como gravísimos, serán derivados al Tribunal de Disciplina de la Universidad.
TITULO VII DEL HORARIO
Artículo 20 La Biblioteca de la Facultad de Ciencias Sociales, ubicada en Condell 343, atiende de Lunes a Viernes entre 09:00 a 22:00 horas y los días Sábado de 10:00 a 14:00 horas.
La Biblioteca de la Facultad de Artes, ubicada en Huérfanos 1869, atiende de lunes, miércoles y viernes de 9.00 a 18.00 hrs y los martes y jueves de 10.00 a 19.00 hrs.
La Biblioteca de la Facultad de Pedagogía, ubicada en Agustinas 2071, atiende de lunes a viernes de 9.00 a 20.00 hrs y los sábados de 10.00 a 14.00 hrs.
TITULO VIII DEL DESARROLLO DE LAS COLECCIONES Y SOLICITUDES BIBLIOGRAFICAS
El Sistema de Biblioteca cuenta con una Unidad de Desarrollo de Colecciones, quien está a cargo de la revisión, evaluación y adquisición de las colecciones que formarán parte de las colecciones de la Biblioteca.
Artículo 21 Se trabaja con Coordinadores Bibliográficos por carrera, quienes serán los responsables de entregar los programas de estudio a la Biblioteca para evaluar las coberturas, y se contactarán con los profesores de la carrera para mejorar el dato de existencia de Bibliografía solicitada en sus programas.
Artículo 22 Se realizarán adquisiciones durante todo el año académico.
Artículo 23 Se gestionan adquisiciones bibliográficas solicitadas como sugerencias, ya sea por parte de profesores o comunidad universitaria en general.
TITULO IX DE LA DESVINCULACIÓN DE ACADEMICOS Y FUNCIONARIOS
Artículo 24 Todo funcionario o académico que deje de pertenecer a la Comunidad Universitaria, deberá devolver todo el material bibliográfico que figure en préstamo en su ficha de usuario. En caso contrario, será descontado de su finiquito.
La Dirección de Recursos Humanos, será la encargada de confirmar con el Sistema de Bibliotecas si el usuario desvinculado no mantiene deudas pendientes.
TITULO X DE LAS APELACIONES
Artículo 25 Los casos especiales y las situaciones no previstas en el presente reglamento, serán atendidas por la Dirección de Biblioteca y si es necesario serán resueltos por la Vicerrectoría Académica.